Así te va a afectar la nueva legislación sobre bajas laborales:
1-. ¿QUÉ NORMAS SE HAN APROBADO?
El Real Decreto de gestión de la incapacidad temporal en el primer año de duración y el proyecto de ley de mutuas, por el que se concede a estas entidades una mayor capacidad de intervención en las bajas médicas por enfermedad común con el objetivo de reducir el absentismo laboral injustificado.
2-. ¿POR QUÉ YA NO HABRÁ QUE CONFIRMAR EL PARTE SEMANALMENTE?...
El Real Decreto sustituye el actual sistema de expedición de los partes médicos de confirmación -de periodicidad semanal- por otro basado en la distinción de cuatro grupos de procesos (muy cortos, cortos, largos o muy largos), según unas tablas que van a marcar lo que dura cada enfermedad.
3-. ENTONCES, ¿EL GOBIERNO VA A FIJAR POR DECRETO LA DURACIÓN DE LAS BAJAS?
NO, se pretende con esas tablas es que las bajas, en vez de semanalmente, se renueven en función de una duración aproximada del proceso y que la decisión de dar el alta va a seguir siendo del médico.
4-. ¿ESTE CAMBIO NO VA A TRAER PROBLEMAS?
Imagínate que a un trabajador le dicen: 'Tienes gripe, esto son cinco días'. Y ese trabajador, por lo que sea, al final tiene que estar 10 días de baja. Yo, como empresa, igual le digo al trabajador que se incorpore a su puesto de trabajo porque en una tabla pone que son cinco días.
5-. ¿QUÉ PAPEL VAN A TENER AHORA LAS MUTUAS?
Las mutuas podrán realizar el seguimiento de la prestación de incapacidad temporal derivada de enfermedad común desde el primer día de la baja (hasta ahora sólo podían intervenir a partir del decimosexto día) y formular una propuesta de alta médica.
1-. ¿QUÉ NORMAS SE HAN APROBADO?
El Real Decreto de gestión de la incapacidad temporal en el primer año de duración y el proyecto de ley de mutuas, por el que se concede a estas entidades una mayor capacidad de intervención en las bajas médicas por enfermedad común con el objetivo de reducir el absentismo laboral injustificado.
2-. ¿POR QUÉ YA NO HABRÁ QUE CONFIRMAR EL PARTE SEMANALMENTE?...
El Real Decreto sustituye el actual sistema de expedición de los partes médicos de confirmación -de periodicidad semanal- por otro basado en la distinción de cuatro grupos de procesos (muy cortos, cortos, largos o muy largos), según unas tablas que van a marcar lo que dura cada enfermedad.
3-. ENTONCES, ¿EL GOBIERNO VA A FIJAR POR DECRETO LA DURACIÓN DE LAS BAJAS?
NO, se pretende con esas tablas es que las bajas, en vez de semanalmente, se renueven en función de una duración aproximada del proceso y que la decisión de dar el alta va a seguir siendo del médico.
4-. ¿ESTE CAMBIO NO VA A TRAER PROBLEMAS?
Imagínate que a un trabajador le dicen: 'Tienes gripe, esto son cinco días'. Y ese trabajador, por lo que sea, al final tiene que estar 10 días de baja. Yo, como empresa, igual le digo al trabajador que se incorpore a su puesto de trabajo porque en una tabla pone que son cinco días.
5-. ¿QUÉ PAPEL VAN A TENER AHORA LAS MUTUAS?
Las mutuas podrán realizar el seguimiento de la prestación de incapacidad temporal derivada de enfermedad común desde el primer día de la baja (hasta ahora sólo podían intervenir a partir del decimosexto día) y formular una propuesta de alta médica.
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